¡Bienvenidos al canal de denuncias del CLPU!.
1. El canal de denuncias es un canal de información interna, que forma parte del sistema de información interna del CLPU en cumplimiento de las exigencias impuestas por la Ley 2/2023 de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
2. La colaboración de todas las personas que de una manera u otra participan en la gestión y desarrollo de las actividades que desarrolla en CLPU exige por parte de todos no solo el indispensable cumplimiento personal de las obligaciones que a cada uno corresponden sino también el compromiso con el buen funcionamiento del CLPU.
3. Con este objetivo el CLPU pone el canal de denuncias a disposición de todos las personas implicadas en su correcto funcionamiento. Es decir, el canal de denuncias estará disponible para:
- a. Las personas que tengan la condición de empleados o trabajadores por cuenta ajena;
- b. Los partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de la organización, incluidos los miembros no ejecutivos;
- c. Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.
- d. Quienes comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.
4. El objeto del canal de denuncias es exclusivamente el reporte de alguna de las siguientes conductas siempre que se realicen en nombre y representación del CLPU o en el ejercicio de las actividades llevadas a cabo por el CLPU, o con ocasión de las mismas:
a. Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
b. Acciones u omisiones que puedan suponer infracción del Derecho de la Unión Europea en materias como la contratación pública, Servicios, productos y mercados financieros, y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, seguridad y conformidad de los productos, seguridad del transporte, protección del medio ambiente, protección frente a radiaciones y seguridad nuclear, seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales, salud pública, protección de los consumidores, Protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y los sistemas de información; o afecten a intereses financieros de la Unión, o incidan en el mercado interior, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.
c. Acciones u omisiones que puedan suponer una infracción de las normas o procedimientos internos que el CLPU tiene implantados como control de riesgos de fraude, corrupción o conflicto de intereses un otros riesgos de incumplimientos normativos graves o muy graves.
A continuación, puedes acceder al contenido de los siguientes elementos del sistema interno de información del CLPU
:: Política del CLPU en materia de sistema interno de información y defensa del informante.
:: Procedimiento de gestión de informaciones e investigaciones internas
:: Estatuto del responsable del sistema interno de información del CLPU
Igualmente aquellas personas que tengan conocimiento de conductas constitutivos de corrupción, fraude, conflicto de intereses o cualquier irregularidad en relación a la ejecución de proyectos u operaciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea puedan ponerla en conocimiento de la Administración a efectos de que las autoridades competentes puedan realizar las actuaciones que corresponda en cada caso, a través del canal específico habilitado por el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (consulta el Anexo a la Comunicación 1/2017, de 6 de abril, sobre la forma en la que pueden proceder las personas que tengan conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea).
PROTECCIÓN DE DATOS
El responsable del tratamiento es elCentro de Láseres Pulsados (CLPU) con CIF: S3700007B y domicilio en C. del Adaja, 8, 37185 Villamayor, Salamanca. +34 923 338 121 – FAX: +34 923 338 134 – EMAIL: info@clpu.es.
La finalidad del tratamiento es gestionar el canal de denuncias y sistema interno de información del CLPU. La legitimación se encuentra en el cumplimiento de una obligación legal. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Se autoriza el tratamiento de los datos por el encargado del tratamiento. No se realizarán transferencias internacionales. El titular de los datos tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los mismos, así como otros derechos, indicados en la información adicional, que puede ejercer dirigiéndose a la dirección postal del responsable y/o mediante correo electrónico a la dirección de email info@clpu.es.
Asimismo, puede presentar reclamación ante la AEPD a través de su página web www.aepd.es Más información sobre la Política de Privacidad: POLÍTICA DE PRIVACIDAD.